Claves del nuevo modelo para declarar las operaciones vinculadas y con paraísos fiscales

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El pasado 30 de agosto se aprobó el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y con paraísos fiscales obligatorio para todas las personas jurídicas que presentan el modelo del Impuesto sobre Sociedades con aplicación para los periodos iniciados a partir del 1 de enero de 2016.

En este sentido, destacar que la información requerida por esta declaración es la misma que la que se venía exigiendo para el modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades, es decir:

  • Operaciones con personas o entidades vinculadas, en cumplimiento de la obligación establecida por el artículo 13.4 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
  • Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles (“Patent Box”).
  • Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales, independientemente de su importe. Este apartado deberá reflejar tanto las operaciones como las tenencias de valores relacionadas con paraísos fiscales.

No obstante, esta Orden introduce dos reglas especiales:

  1. Existirá obligación de presentar esta declaración informativa respecto de aquellas operaciones del mismo tipo con el mismo método de valoración, siempre que el importe conjunto de dichas operaciones en el periodo impositivo sea superior al 50% de la cifra de negocios de la entidad, con independencia del importe de la contraprestación del conjunto de las operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada.
  1. También existirá obligación de presentarla respecto de aquellas operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones supere los 100.000 euros, sin exigirse en este caso que utilicen el mismo método de valoración. Son consideradas como operaciones específicas, por ejemplo, las operaciones sobre inmuebles o activos intangibles, transmisión de negocios, transmisión de valores o participaciones no cotizados.

La presentación de este modelo sólo podrá llevarse a cabo de forma telemática y dentro de los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo del Impuesto sobre Sociedades. No obstante, para el ejercicio fiscal 2016, el plazo de presentación será desde el día 1 al 30 de noviembre siguientes a la finalización del período impositivo.

Javier Prieto
Socio – Fiscal

Jéssica Cano 
Asociada Senior – Fiscal

Elly Wang
Asociada Junior – Fiscal

 

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