La publicación en plazo de los concursos de capacidad en los nudos de la red eléctrica resulta crucial para garantizar un proceso transparente y eficiente de asignación de capacidad de acceso y conexión a la red eléctrica de España. Sin embargo, el retraso en la resolución de la publicación de estos concursos acarrea importantes consecuencias para los proyectos de energías renovables, obstaculizando la transición a un sistema energético sostenible, así como el fomento a la inversión en el sector de energías limpias.
Se plantean así importantes repercusiones como:
- Incertidumbre en la inversión ante los retrasos en la publicación de concursos de capacidad generando dudas entre los inversores a la hora de comprometer capital en proyectos de energías renovables.
- Estancamiento de proyectos renovables en ausencia de concursos de capacidad publicados, dificultando la garantía de acceso a la red, la obtención de permisos y el inicio de su construcción, pudiendo provocar la cancelación o el aplazamiento de dichos proyectos.
- Congestión y cuellos de botella en la red ante la ausencia de procesos de concurso bien definidos y trans estabilidad de la red y la utilización eficiente de los recursos energéticos renovables se ven comprometidas, lo que obstaculiza la consecución de los objetivos climáticos y energéticos.
- Incumplimiento de los objetivos de energías renovables ante el retraso en la publicación de los concursos de capacidad que dificultan la consecución de los objetivos climáticos y energéticos.
Para mitigar el impacto de los retrasos en la publicación de los concursos de capacidad, se han adoptado algunas medidas provisionales, como la contemplada en el artículo 17 del Real Decreto-Ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se introduce la posibilidad de emplear con carácter temporal la capacidad reservada en los nudos de concurso.
A través de dicha medida, se permite asignar una capacidad específica tanto a nuevos participantes del mercado, como a aquellos que no disponen de la capacidad suficiente para operar. El objetivo de este uso temporal también permite promover la competencia y facilitar la entrada de nuevos agentes en el mercado de la energía, fomentando así un sector estratégico, más diverso y dinámico.
De este modo, se habilita al operador del sistema a otorgar, con carácter excepcional, permisos sin incorporar en la red de transportes una potencia activa superior a la que recojan los permisos de acceso otorgados en inferior o igual a la potencia instalada de una instalación de producción siempre y cuando reúnan los siguientes requisitos:
- Que la instalación cuente con una autorización administrativa de explotación y se encuentre conectada a la red de transporte en algún nudo para concurso reservado y no resuelto.
- Que exista capacidad de acceso.
- Que, en el caso de que sean resulte de aplicación, el solicitante haya aportado la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos técnicos de la totalidad de los requisitos establecidos en el Real Decreto 647/2020, de 7 de julio.
Es importante destacar que el uso temporal de capacidad reservada en nudos de es una medida provisional y no reemplaza la necesidad de una asignación formal a través de concursos de capacidad. Una vez que se resuelve el retraso en la publicación de concursos, lo proyectos de energías deberán participar en el proceso regular de asignación de capacidad para garantizar si acceso a largo plazo.
Estas solicitudes serán otorgadas de acuerdo con el principio de prelación temporal, de conformidad con el artículo 7 del Real Decreto-Ley 1183/2020, de 29 de diciembre, y estarán vigentes desde su otorgamiento hasta el primer día hábil del mes siguiente a la publicación en el BOE de la resolución del concurso en los nudos donde hayan sido otorgados dichos permisos.
Fernando Pérez, asociado del Dpto. Energía/Regulatorio