Cuando pagas el agua a precio de gas

Facebook
Twitter
LinkedIn

Últimamente, el precio de la energía eléctrica y su configuración en el mercado mayorista diario (“pool”) se encuentra en el centro de debate. Los elevados precios del gas han puesto de relieve las deficiencias del mecanismo de fijación de precios del pool.

El mecanismo de fijación de precios de compra-venta de energía eléctrica en el pool se realiza mediante una subasta, en la cual pujan productores y compradores, creándose una curva agregada de oferta y demanda. En el punto de conversión de oferta y demanda se casa el precio de la energía eléctrica para ese día, entendiéndose automáticamente aceptadas todas las ofertas de precio inferior. Todas las ofertas se pagarán al precio del punto de conversión (“precio de casación”), esto es, la última fuente de producción más cara que ha entrado en el pool (actualmente, el gas). Esto es, el denominado sistema marginalista.

Distinta sería la situación en un sistema en el que se aplicase un mecanismo de fijación de precios libre (“sistema libre”), las ofertas se casarían por el precio ofertado, esto es, si la energía procedente de energías renovables se vende por 10 €/MW, y la energía procedente del gas se vende por 80 €/MW, se pagaría el precio correspondiente a cada producto subastado.

En cambio, en el sistema marginalista no se paga cada oferta de venta por el precio ofertado, sino por el precio de casación para todas ellas con independencia del precio ofertado. Esto significa que si la energía procedente de energías renovables se vende por 10 €/MW, y la energía procedente del gas se vende por 80 €/MW, se pagaría 80 € tanto si adquieres una como otra, dado que el precio de casación se fija en la última fuente de producción más cara. Aquí radica la polémica.

Entonces, cabe preguntarse, ¿por qué un sistema de fijación de precios marginalista? Pues bien, este sistema, a pesar de las críticas, tiene varias ventajas.

La primera ventaja es que establece un tope, el precio de casación. Los productores subastarán a la baja teniendo en cuenta el hecho de que la superación del precio de casación implica no vender la energía en ese momento.

La segunda ventaja del sistema marginalista se desdobla en dos, y está vinculada al beneficio inframarginal, esto es, el beneficio “extra” obtenido entre el precio subastado y el precio de casación. Por un lado, este beneficio extra fomenta la inversión en producción de energía, dado que garantiza su rentabilidad. Recordemos, la producción de energía es un servicio económico de interés general. Por otro lado, el beneficio inframarginal retribuye el denominado coste de oportunidad, es decir, el coste que asumen los productores por el hecho de vender la energía en ese momento (más barata), que en otro momento posterior (más cara) dada la necesidad de garantía de suministro.

Como hemos podido observar, el sistema marginal tiene una serie de ventajas derivadas de la necesidad de garantizar el suministro. Sin embargo, en mi opinión, este sistema de fijación es ineficiente, por dos principales razones.

En primer lugar, el sistema marginal no responde a las necesidades del mix energético actual, y todavía menos al futuro. El mix energético se encuentra en plena evolución y crecimiento en materia de energías renovables. Por su parte, la energía procedente del gas debería poco a poco reducir su presencia en el mix (o al menos, ese es el objetivo).

La desaparición (sustitución) de la energía procedente del gas se realizará mediante los siguientes mecanismos: la mayor electrificación (despliegue de vehículos eléctricos), el uso de gases renovables (hidrógeno), y el desincentivo económico (eliminación de subvenciones) y normativo (derechos de emisión). Todas estas medidas, sin perjuicio de los incidentes geopolíticos como la guerra de Ucrania, desencadenarán un aumento constante del precio del gas. Especial incidencia tendrán, a mi juicio, los derechos de emisión, dado que la cantidad de estos se reduce cada año hasta conseguir la neutralidad climática (cero emisiones) en 2050, en aras del cumplimiento de objetivos de reducción de gases de efecto invernadero establecidos en el Acuerdo de París.

En definitiva, la continuidad del sistema marginalista nos aboca a unos precios de casación cada vez más altos, teniendo en cuenta que el precio del gas solo va a incrementarse con el paso del tiempo (al menos, a corto o medio plazo).

En segundo lugar, el sistema marginal es un sistema que genera tensión entre el consumidor y el productor porque ofrece al productor una ventana de beneficios (el beneficio inframarginal) que en un sistema libre no obtendría, y eso no agrada al consumidor. Este problema ha tratado de ser compensado por los sucesivos gobiernos, sustrayendo a los productores beneficios lícitamente obtenidos, a través de diferentes mecanismos. Entre ellos, destacan el canon hidráulico o el mecanismo de minoración por exceso de beneficios inframarginales. Brevemente, me gustaría dar mi opinión sobre estos mecanismos.

  • Las hidráulicas tienen la ventaja de poder decidir cuándo venden en el pool, aprovechando aquellos momentos en los que el precio de la energía es más elevado. Por tanto, las hidráulicas pueden reducir el coste de oportunidad. No obstante, el gobierno, disconforme con esta práctica, decide imponerles un canon específico en orden a reducir esos beneficios.
  • El aumento del precio de los derechos de emisión ha aumentado también los beneficios de aquellas energías que no emiten CO2 en su producción. Estos son los denominados beneficios caídos del cielo (beneficio inframarginal). Las energías renovables obtienen mayores beneficios inframarginales consecuencia de la casación del precio con energía procedente del gas. No obstante, el gobierno, disconforme también, decide aplicar un mecanismo de sustracción de estos beneficios porque considera no les corresponde.

Todas estas medidas de “compensación” de las deficiencias del sistema no benefician a nadie. El productor se siente indefenso ante la tremenda cantidad de mecanismos de sustracción de sus beneficios obtenidos sujetándose a las reglas del mercado, y el consumidor acaba pagando todos ellos al ser repercutidos en el precio final.

En conclusión, el sistema marginal no responde a las necesidades del mercado energético actual a nivel económico ni a nivel social. Es necesaria una reconfiguración del mercado de la energía. Como un automóvil, el mercado de la energía ha sido parcheado (reparado) para que siga funcionado, pero cuando las reparaciones son excesivas, lo que hay que hacer es cambiar de automóvil, cambiar la configuración del mercado de la energía.

Luis Concejo es Asociado del Departamento Regulatorio/Energía de Araoz & Rueda

También te puede interesar

PPAs: cuestiones que favorecen la 'bancabilidad' del proyecto

PPAs: cuestiones que favorecen la 'bancabilidad' del proyecto

La regulación en el PPA de determinadas cuestiones ayuda a mejorar el modelo financiero o caso base y, por tanto,…
"Luces y sombras en la regulación de las comunidades energéticas que vienen"

"Luces y sombras en la regulación de las comunidades energéticas que vienen"

Es previsible que este año se apruebe el Proyecto de Real Decreto por el que se desarrollan las figuras de…

Contacto

Información básica sobre protección de datos:
· Responsable: ARAOZ Y RUEDA ABOGADOS, S.L.P.
· Finalidad: Sus datos serán usados para poder atender sus solicitudes, prestarle nuestros servicios y enviarle información comercial.
· Legitimación: Consentimiento expreso del interesado
· Destinatarios: No se cederán a terceros, salvo obligación legal
· Derechos: Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad
· Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos a través del siguiente enlace: http://www.araozyrueda.com/politica-proteccion-datos/